En la audiencia de individualización de las penas al término del juicio oral en su contra, J.E.P.R. fue sentenciado a cuatro años y tres meses de prisión por cometer los delitos de violencia familiar y violación de órdenes de protección, tras la aportación de las pruebas por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE).
De los hechos que se establecieron en la denuncia que consta en la causa penal 05/2024, el ahora culpable contaba con una orden de restricción que le prohibía acercarse a su hermana impuesta desde noviembre de 2023.
Sin embargo, hizo caso omiso de la misma y en fecha seis de enero del 2024 se apersonó al predio donde viven su hermana y su madre, en la colonia Dolores Otero, en Mérida, donde comenzó a amenazarlas y gritar desde afuera, intentando ingresar al domicilio, por lo que las mujeres solicitaron apoyo a elementos de seguridad.
Ante estos hechos y por existir la orden mencionada, el implicado fue detenido y procesado y tras ser encontrado penalmente responsable, se determinó que además de la pena privativa de la libertad, deberá pagar la cantidad de 30 mil pesos por concepto de daño moral.
De igual forma, el acusado deberá participar en talleres y programas de educación para crear conciencia del derecho que tienen las mujeres de vivir una vida libre de violencia, así como tomar terapia.
Finalmente, se le prohibió acercarse tanto a las víctimas, como al domicilio donde habitan de manera indefinida, se le suspendieron sus derechos políticos y se le impuso una amonestación pública.
